por Luis Fernando Granados *
Si algo “enseña” la historia es un modo de conocer, una epistemología. Al menos debería hacerlo. De un lado porque las alternativas —la historia como repertorio de virtudes, la historia como relato identitario, la historia como celebración del poder— son extremadamente arrogantes, moralistas y en última instancia inútiles: a pesar de tantos libros y tantas lecciones de historia, no somos mejores personas, ni hemos abjurado del esencialismo ni hemos conseguido distribuir el poder entre todos.
Por otra parte, creo que es conveniente entender la historia ante todo como una manera de conocer porque las epistemologías socialmente hegemónicas están lejos de ayudarnos a resolver muchos de los problemas del presente. La manera en que muchas personas reaccionaron ante la excarcelación de Florence Cassez constituye un ejemplo claro y aun dramático de lo mal que nos hace relacionarnos con la realidad sin el auxilio de la historia-como-epistemología.

El problema, desde mi punto de vista, radica en el lugar que ocupan las pruebas, los documentos, la evidencia, en el mecanismo con que la sociedad construye su conocimiento de lo real. Para muchísimos jueces, abogados, periodistas, funcionarios, activistas e incluso historiadores —un poco como resultado de nuestra tradición legal y otro poco porque seguimos atados a una noción decimonónica de objetividad—, la “verdad” del mundo se encuentra en ellos y depende de ellos por completo. Desde ese punto de vista, las pruebas hacen mucho más que validar un argumento; son el argumento mismo.
Paradójicamente, la crítica posmoderna de esta actitud no ha hecho sino afirmar incluso con más fuerza el carácter “generativo” de las pruebas: si no existe nada más allá del texto, entonces todo lo que existe —la verdad incluida— se encuentra en el objeto de conocimiento y no, por ejemplo, en la relación entre sujeto y objeto. Y así como los jueces y los periodistas siguen creyendo que “papelito habla”, me parece que los posmodernos tienden a confundir evidencia y mundo en una sola entidad.
Desde hace casi medio siglo, Carlo Ginzburg ha venido construyendo un modelo más complejo, más sutil y, me parece, socialmente más útil de entender la relación epistemológica que establecen las historiadoras con el mundo, en particular la función que tienen las pruebas, los documentos y las evidencias en esa relación. La clave de su planteamiento está en concebir a las “pruebas” como meros indicios de lo real, como sugerencias epistemológicas para inferir, para imaginar, los contornos de una realidad en buena medida inaccesible. Lo que resulta de la interacción entre indicio e inferencia es un argumento —y también: un contexto—, cuya “verdad” depende más de su carácter lógico que del hecho de tener pruebas como cimientos.
Si los textos, los documentos, las evidencias, no tienen valor de verdad en sí mismos, y si la verdad de las cosas está más bien en los argumentos y los contextos que se infieren y construyen a partir de ellos, entonces no puede haber prueba definitiva acerca de la culpabilidad de Florence Cassez. Lo que tenemos, nada más, son un conjunto magro y frustrante de indicios: un grosero montaje televisivo, un siniestro expediente judicial (que Héctor de Mauleón ha examinado brillantemente en el órgano oficioso del salinismo) y también la presencia de una retórica vergonzosamente xenófoba. Por eso me parece que Florence Cassez era y es inocente.
Y sí: como casi todos los presos y las presas.
* Profesor de tiempo completo, Departamento de Historia, UIA
Pero a ella le dispensan un trato especial durante su cautiverio, le conceden amplísimos recursos para su defensa y, finalmente, la liberan. A los demás, no. ¿El patético chovinismo social suscitado por este caso no será expresión de la impotencia ante la oceánica arbitrariedad y el aún más patético malinchismo gubernamental puesto en evidencia?
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A mi, por el contrario, me parece que los testimonios de las víctimas resultan pruebas conclueyentes o tan concluyentes como puede serlo un testimonio, un documento. ¿Qué se contradicen entre sí, que cambian?, ¿y qué prueba no tiene su contraria?, ¿qué testimonio no evoluciona con el tiempo y mejora? Cuando se reconstruyen escenas de terror -una acción de armas, por ejemplo-, un momento en que el espírito está sometido a presiones extremas, los primeros trestimonios son magros y confusos y van aclarándose con el paso del tie,mpo. Un ejmplo excepcional lo constituye la manera en que Ernest junger fue modificando sus testimonios sobre su participación en la guerra dee las trincheras hasta llegara esa obra cumbre que es «tempesdatdes de acero». Por eso, a pesar del grosero montaje televisivo y del siniestro expediente judicial -y rechazando cualquier actitud xenófoba o malinchista-, me parece que Florence Cassez era y es culpable.
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25 razones para liberar a Florence Cassez
Denise Dresser
Porque como lo dice el dictámen del ministro Arturo Zaldívar, la escenificación fue ajena a la realidad.
Porque los policías federales se tardaron cinco horas y cuarenta y cinco minutos después de su detención en ponerla a disposición de la SIEDO.
Porque en su primera declaración ministerial, Israel Vallarta – su novio – exculpó a Florence Cassez de cualquier participación o conocimiento de los secuestros en los cuales él admitió estar involucrado.
En la primera declaración de las víctimas Christian Ramírez y Cristina Ríos Valladares, no reconocieron a Florence Cassez físicamente ni oír su voz.
Cristina Ríos agregó que los oficiales de la AFI le informaron que Florence Cassez había participado en el secuestro.
Porque se obtuvo la primera declaración de Florence Cassez sin que ella hubiera podido comunicarse con algún funcionario consular de su país.
Porque el Ministerio Público de la Federación se comunicó con la embajada francesa treinta y dos horas después de la detención de Florence Cassez.
Porque en el programa “Punto de Partida” Genaro García Luna se vio obligado a reconocer que Cassez fue detenida un día antes de lo reportado y en un lugar totalmente diferente.
Porque en conferencia de prensa las autoridades relevantes tuvieron que aclarar que en realidad los medios de comunicación no estuvieron presentes durante la detención de los inculpados, ni en el momento de liberación de las víctimas.
Las autoridades destacaron que Cassez ya había sido reconocida por las víctimas rescatadas cuando sólo una había efectuado dicho reconocimiento.
Porque días después del montaje, los testigos cambiaron su versión e identificaron a Florence Cassez.
Y la escenificación de la que formaron parte y después vieron en televisión resta indudablemente fiabilidad a sus testimonios.
Las autoridades crearon una realidad alternativa en detrimento de la acusada.
Porque fue agredida por uno de los policías ya que durante el “montaje” no había dicho al aire lo que le había sido indicado.
Porque la punción de una herida supuestamente inflingida a una de las víctimas de Florence Cassez resultó ser una marca de nacimiento.
Porque como lo argumenta el dictamen del ministro Zaldívar, “en el marco de un sistema democrático, una vez que una persona se encuentra en territorio del cual no es nacional, dicho Estado está obligado a concederle un estándar mínimo de derechos”.
Uno de ellos es la asistencia consular – que México siempre exige cuando sus nacionales son arrestados en Estados Unidos – pero que le fue negada a Florence Cassez.
Porque cualquier extranjero, según la Convención de Viena, tiene derecho a comunicarse con la representación consular de su país.
La información de este derecho debe ser inmediata y no puede ser demorada bajo ninguna circunstancia.
La demora inexplicable se dió en el caso de Florence Cassez.
Cualquier persona también tiene elderecho fundamental de ser puesto a disposición ante el Ministerio Público inmediatamente después de su detención.
Este mandato, que se encuentra consagrado en la mayoría de las legislaciones del mundo occidental existe para proteger al detenido de acciones extra-legales de los policías destinadas a presionarlo en un contexto que le resulta totalmente adverso.
Este derecho fue violado en el caso de Florence Cassez.
En este proceso existió un período de tiempo – entre la detención y la puesta en disposición ante el Ministerio Público – en el que la privación de la libertad de Florence Cassez no encuentra sustento constitucional alguno.
El “montaje” ordenado por García Luna expuso a Florence Cassez — por parte de la autoridad y de los medios de comunicación — como la responsable indubitable de los secuestros.
Tuvo un efecto corruptor en todo el proceso y vició toda la evidencia incriminatoria.
Porque no hay justificación constitucional alguna del tiempo en el que Florence Cassez fue retenida y posteriormente exhibida en una escenificación planeada y orquestada por la AFI.
Porque hubo una manipulación de las circunstancias y los hechos objeto de la investigación.
Porque la detención y la escenificación fueron el detonante de una serie de violaciones de derechos fundamentales que se extienden en el tiempo y afectan de forma completa el caso.
Porque al ser detenida, Florence Cassez no se le informó de su derecho a comunicarse con la oficina consular de su país y tampoco que las autoridades hubiesen contactado de forma directa al consulado francés.
Durante 35 horas Florence Cassez no gozó de asistencia consular; horas en las que fue trasladada al rancho “Las Chinitas”; horas en las que la autoridad se encargó de divulgar a los medios de comunicación las escenas del montaje; horas que en definitiva marcaron el curso de toda la investigación.
Esa violación de derechos fundamentales a la asistencia consular y a la puesta en disposición sin demora produjeron una indefensión total de la recurrente.
Indefensión en la que se encuentran muchos inmigrantes ilegales en Estados Unidos y en esos casos México reclama el debido proceso que en territorio nacional le negó a Florence Cassez.
Estas violaciones han producido la afectación total del caso, con impactos devastadores sobre otros derechos fundamentales como la presunción de inocencia y la defensa adecuada.
Y toda persona inculpada de delito – sea francesa o mexicana – tiene derecho a que se presume su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad.
Yo no sé si Florence Cassez es culpable o no, pero lo que queda claro en el dictamen del Ministro Zaldívar, es que sus derechos fueron violados y el debido proceso no ocurrió.
Y los responsables de estas violaciones fueron las autoridades.
Los agentes de la AFI y su jefe, Genaro García Luna.
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denisse Dresse? te cae? Busca ebn mi TL 25 preguntas a D. Dresser. @salme_villista
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Comparto texto de Benito Taibo:
«¿Quién a los treinta años no ha tenido una relación como esa?».
Se pregunta, afirmando, la tal Florence Cassez, hablando desde París a los medios, luciendo un modelito obviamente francés y de diseñador, sobre su novio Israel Vallarta, líder de la banda de secuestradores de «Los Zodiacos».
Y yo confirmo lo que me sospechaba desde hace mucho. La nueva «Juana de Arco» de la clase media gala, no es una sociopata, fría y calculadora, sencillamente es imbécil.
Ya tenía yo mis dudas, cuando hace más de siete años la veía por televisión, en la rejilla de prácticas de la cárcel, mientras tomaban su declaración. Sonreía, coqueteaba, se mesaba el pelo como en los comerciales de shampoo…
Y yo, me ponía unos segundos en su lugar. Y me veía muerto del miedo. Sí fuera culpable y ante la gravedad de las acusaciones, tendría cara de circunstancia (por lo menos) y oiría seriamente, y obviamente preocupado, aquello de lo que se me acusaba. Sí por el contrario, fuera inocente, tendría incluso, espanto, simplemente por estar en las garras de la policía mexicana, sabedor de sus «métodos científicos».
No voy a discutir aquí el fallo de la Suprema Corte que la ha puesto en libertad y que no hace, por supuesto, justicia a las víctimas (¿no les han repetido hasta el cansancio que la dama en cuestión es ciega? y en México, también sorda, muda, tonta). Y que deberían estar en la cárcel muchos que lamentablemente no están, pero gracias a esa ceguera y con billete e influencia de por medio, es muy sencillo evadirla..
No, ni a los treinta, ni antes, ni nunca, he tenido una «relación como esa». Ninguna de mis amigas o amigos la ha tenido.
¿De que carajos habla esta mujer?
Acaso de qué todos deberíamos tener como novio(a) a un secuestrador(a), de emociones fuertes, dinero «fácil» y lleno de sangre, ¿de cortar dedos?
No, me rehúso tan sólo a pensarlo.
Sólo corroboro lo que ya venía pensando. La imbecilidad no tiene límites.
Y la tal Florence, va para reina absoluta…
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Pedro:
Creo que lo que planteas puede leerse como una crítica «interna» de la evidencia. Lo que dices a ese respecto me parece bien.
En tu comentario no veo, sin embargo, una consideración «externa» sobre ella, o sea una crítica de las condiciones de producción de esos documentos (o, como dicen en mi nueva chamba, una reflexión sobre el lugar de enunciación del discurso).
Lo que me lleva a no entrar siquiera a la consideración de lo que dicen las víctimas es la manera en que el expediente y el caso en general fue construido: de manera arbitraria, autoritaria e interesada. Desde mi punto de vista, por eso es innecesario preguntarse si lo que dicen las víctimas es cierto, o hasta qué punto.
Es la construcción mediático-política, el interés de García Luna y de Calderón en mantenerla presa, lo que me hacen pensar que Cassez era inocente.
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entonces, como las víctimas hicieron lo que la autoridad les dijo que hicieran, hay que descartar su testimonio y no importa lo que digan? Son los testimonios unánimes de las víctyimas y sus sieta años sosteniéndolos, lo que me hacen pensar que Cassez es culpable (y también lo es GGL, pero eso no exculpa a la señora).
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Otro sistema de justicia bajo otro tipo de epistemología ¡Exacto!. El problema es que más del 90% de las personas están en injusta reclusión. -Y de paso otra democracia porque mientras la atención se enfocó en Florence Cassez, el IFE exoneró al PRI en el caso MONEX.
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